Actualidad  abogado en Pontevedra

El registro salarial no debe incluir datos que permitan identificar el salario de un trabajador

Publicado: 30 de noviembre de 2024, 19:50
  1. Novedades jurídicas

En su reciente sentencia de fecha 21 de noviembre de 2024 el Tribunal Supremo ha dictaminado que no es obligatorio incluir en el registro retributivo que deben llevar las empresas aquellos datos que permitan identificar el salario que percibe un trabajador concreto.

 


El artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores impone a la empresa “llevar un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.”, estableciendo el derecho de los representantes legales de los trabajadores a acceder a dicho registro salarial.

 


Para la sentencia, partiendo de la redacción del artículo citado, el registro salarial que está obligado a llevar la empresa es de los valores medios de la retribución de la plantilla, no de los valores individuales de las retribuciones de cada empleado, y tiene como fin la igualdad de remuneración por razón de sexo, motivo por el cual se exige que estén desagregados por sexo.

 


En suma, lo importante es la comparativa entre los salarios de mujeres y hombres, y no la retribución individualizada de cada trabajador, de forma que se pueda conocer si los salarios de las mujeres, comparados con los de los hombres, se separan de la finalidad igualatoria, para lo cual no es necesario conocer el salario individual de cada mujer y cada hombre en la plantilla.

 


El Tribunal Supremo añade que en el Real Decreto 902/2020 (norma que desarrolla la obligación del registro salarial) se establece expresamente que en el registro retributivo de cada empresa deben incluirse, convenientemente desglosadas por sexo, la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido por cada uno de estos conceptos en cada grupo profesional, categoría profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.

 


Dado que solo existe la obligación de incluir los valores medios de las retribuciones, no tiene amparo legal el requerir que el registro incluya datos que permitan conocer la retribución de un trabajador concreto, más aún atendiendo a la normativa de protección de datos personales que exigiría para ello no solo que dicha obligación se desprendiera de manera inequívoca de una norma con rango de ley, sino también que dicha norma debería establecer las garantías para evitar la divulgación de dichos datos.

 


En definitiva, pudiendo verse afectado el derecho a la protección de datos de la persona cuyo salario individual se identifica, para tratar sus datos personales debe existir una clara base legal. 

 


La sentencia resalta que la normativa de protección de datos requiere que los datos personales sean recogidos con fines determinados, explícitos y legítimos y que la finalidad del registro retributivo es garantizar la igualdad retributiva entre mujeres y hombre, para lo cual es suficiente que los representantes legales de los trabajadores tengan acceso a los valores medios de los salarios sin que sea necesario que, adicionalmente, accedan a datos que permitan identificar la retribución individualizada de un trabajador.

 

Noticias relacionadas

Es necesario oir al trabajador antes de proceder a su despido disciplinario 19 nov

Es necesario oir al trabajador antes de proceder a su despido disciplinario

En su reciente sentencia de fecha 18/11/2024 (recurso 4735/2023) el Tribunal Supremo ha rectificado su doctrina anterior y entiende que no puede extinguirse la relación laboral por motivos relacionados con la conducta o el rendimiento de un trabajador antes de que se le haya ofrecido la posibilidad
Aplicación de la reducción por plurianulidad en el IRPF a la prestación de desempleo en pago único 9 nov

Aplicación de la reducción por plurianulidad en el IRPF a la prestación de desempleo en pago único

En su resolución de fecha 21 de octubre de 2024 (recurso 00-08822-2023) el Tribunal Económico Administrativo Central ha fijado como criterio vinculante que si hay que tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en razón de lo recibido por la prestación contributiva por desempleo
Accidente de camino al trabajo es laboral pese a positivo en drogas si el consumo no influyó en el accidente 1 nov

Accidente de camino al trabajo es laboral pese a positivo en drogas si el consumo no influyó en el accidente

En una sentencia de fecha 10 de septiembre de 2024 el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha calificado como laboral el accidente sufrido por un trabajador al acudir al trabajo pese a que el mismo dio positivo en consumo de THC.   En el caso resuelto por la sentencia el trabajador sufrió
Despido procedente por uso indebido de permiso por hospitalización de familiar 8 oct

Despido procedente por uso indebido de permiso por hospitalización de familiar

En su sentencia de fecha 26 de junio de 2024 el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado la procedencia del despido de una trabajadora que había solicitado un permiso de cinco días con motivo de la hospitalización de su madre pero estuvo disfrutando parte de esos días de un viaje a